- Ley
- LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación
- Artículo
- 277
Artículo 277 de la LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para ser actuario o actuaria en el Tribunal Electoral necesitas: 1) ser mexicano o mexicana, tener derecho a votar y ser votado, y contar con tu INE vigente; 2) tener buena fama y no haber recibido una condena de más de un año de cárcel por un delito hecho a propósito; 3) tener al menos el documento que diga que eres pasante de Derecho de una escuela reconocida; 4) pasar un examen que mida tus conocimientos básicos, que pone el Órgano de Administración Judicial.
Texto oficial
Artículo 277. Para ser designado actuario o actuaria en cualquiera de las Salas del Tribunal Electoral se requiere: I. Ser ciudadano o ciudadana mexicana en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles, y contar con credencial para votar con fotografía; II. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado o condenada por delito intencional con sanción privativa de libertad mayor de un año; III. Tener por lo menos el documento que lo o la acredite como pasante de la carrera de Derecho de una institución legalmente reconocida, y LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 28-11-2025 74 de 84 IV. Someterse a la evaluación que para acreditar los requisitos de conocimientos básicos determine el Órgano de Administración Judicial.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.