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Ley
LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación
Artículo
277

Artículo 277 de la LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para ser actuario o actuaria en el Tribunal Electoral necesitas: 1) ser mexicano o mexicana, tener derecho a votar y ser votado, y contar con tu INE vigente; 2) tener buena fama y no haber recibido una condena de más de un año de cárcel por un delito hecho a propósito; 3) tener al menos el documento que diga que eres pasante de Derecho de una escuela reconocida; 4) pasar un examen que mida tus conocimientos básicos, que pone el Órgano de Administración Judicial.

Texto oficial

Artículo 277. Para ser designado actuario o actuaria en cualquiera de las Salas del Tribunal Electoral se requiere: I. Ser ciudadano o ciudadana mexicana en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles, y contar con credencial para votar con fotografía; II. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado o condenada por delito intencional con sanción privativa de libertad mayor de un año; III. Tener por lo menos el documento que lo o la acredite como pasante de la carrera de Derecho de una institución legalmente reconocida, y LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 28-11-2025 74 de 84 IV. Someterse a la evaluación que para acreditar los requisitos de conocimientos básicos determine el Órgano de Administración Judicial.

Ver texto oficial de la LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación (pág. 73) ↗

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