- Ley
- LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación
- Artículo
- 303
Artículo 303 de la LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría Técnica del Fondo tiene que hacer varias cosas. Primero, debe guardar todos los papeles y documentos importantes del Fondo. También tiene que hacer reportes cada cierto tiempo sobre cómo están las cuentas y el dinero del Fondo. Además, puede sugerir usar las ganancias del Fondo para pagar gastos que ayuden a mejorar cómo funciona la justicia. Por último, debe cumplir con cualquier otra tarea que le pida el Comité.
Texto oficial
Artículo 303. La Secretaría Técnica del Fondo tendrá las obligaciones siguientes: I. Llevar la documentación relativa; II. Elaborar los informes periódicos sobre la situación contable y financiera que guarde el Fondo; III. Proponer con cargo a los rendimientos del Fondo las erogaciones y gastos necesarios para el mejoramiento de la administración de justicia, y IV. Las demás que señale el Comité.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.