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Ley
LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación
Artículo
303

Artículo 303 de la LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría Técnica del Fondo tiene que hacer varias cosas. Primero, debe guardar todos los papeles y documentos importantes del Fondo. También tiene que hacer reportes cada cierto tiempo sobre cómo están las cuentas y el dinero del Fondo. Además, puede sugerir usar las ganancias del Fondo para pagar gastos que ayuden a mejorar cómo funciona la justicia. Por último, debe cumplir con cualquier otra tarea que le pida el Comité.

Texto oficial

Artículo 303. La Secretaría Técnica del Fondo tendrá las obligaciones siguientes: I. Llevar la documentación relativa; II. Elaborar los informes periódicos sobre la situación contable y financiera que guarde el Fondo; III. Proponer con cargo a los rendimientos del Fondo las erogaciones y gastos necesarios para el mejoramiento de la administración de justicia, y IV. Las demás que señale el Comité.

Ver texto oficial de la LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación (pág. 77) ↗

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