Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 98 de la LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cada comisión va a tener su propio equipo de secretarios ejecutivos, que son los encargados de que todo funcione bien. Lo que estos secretarios puedan hacer lo decide el Pleno del Órgano de Administración Judicial, que es como el grupo de jefes que toman las decisiones importantes. Para ser secretario ejecutivo necesitas título de abogado, al menos 5 años de experiencia, buena fama y no haber recibido una sentencia de más de un año de cárcel por un delito hecho a propósito.

Texto oficial

Artículo 98. Las Comisiones contarán con las secretarías ejecutivas de Comisiones necesarias para su adecuado funcionamiento, cuyas atribuciones determinará el Pleno del Órgano de Administración Judicial mediante acuerdos generales. Las y los secretarios ejecutivos deberán tener título profesional legalmente expedido en derecho, con experiencia mínima de cinco años, gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de libertad mayor de un año. SECCIÓN 4a. De su Presidente o Presidenta

Ver ley oficial en el DOF (pág. 25) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.