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Artículo 31 de la LEY Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo explica cómo trabajan las Salas Regionales, que son como equipos de jueces. Los casos se reparten por turno entre los magistrados de esa sala. Para que una reunión sea válida, deben estar presentes los tres magistrados, y las decisiones se toman por mayoría de votos. En los juicios rápidos (vía sumaria), el magistrado que llevó el caso es quien lo resuelve. Las sesiones y audiencias son públicas y se transmiten por medios electrónicos, cuidando tus datos personales, a menos que la ley diga que sean privadas; aún así, se hace una versión pública para que cualquiera pueda consultarla.

Texto oficial

Artículo 31. Los asuntos cuyo despacho competa a las Salas Regionales, serán asignados por turno a los Magistrados que integren la Sala de que se trate. Para la validez de las sesiones de la Sala, será indispensable la presencia de los tres Magistrados y para resolver bastará mayoría de votos. En los juicios en la vía sumaria, el Magistrado que haya instruido el juicio lo resolverá, en términos de lo previsto en la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Las sesiones de las Salas Regionales, así como las diligencias o audiencias que deban practicar serán públicas y se transmitirán por los medios electrónicos que faciliten su seguimiento, resguardando los datos personales de conformidad con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Sólo en los casos que la Ley lo establezca, las sesiones podrán ser privadas, sin embargo, de estas se harán versiones públicas para la consulta ciudadana que, en su caso, sea requerida.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.