Artículo 33 de la LEY Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El presidente de una Sala Regional es como el encargado de organizar y supervisar el trabajo de esa oficina del Tribunal. Se encarga de firmar y revisar toda la correspondencia que sale de la Sala, y también debe responder cuando alguien demanda a la Sala en un juicio de amparo (que es un proceso para defender tus derechos contra actos de autoridad). Además, es quien mantiene el orden y la disciplina, y puede poner castigos si alguien se porta mal o falta al respeto. También tiene que asegurarse de que los expedientes y los sistemas digitales estén al día, reportar cualquier problema a sus jefes, y hacer trámites que no necesiten la opinión de los otros dos magistrados que trabajan con él.
Texto oficial
Artículo 33. Los presidentes de las Salas Regionales tendrán las siguientes atribuciones: I. Atender la correspondencia de la Sala, autorizándola con su firma; II. Rendir los informes previos y justificados cuando los actos reclamados en los juicios de amparo sean imputados a la Sala, así como informar del cumplimiento dado a las ejecutorias en dichos juicios; III. Dictar las medidas que exijan el orden, buen funcionamiento y la disciplina de la Sala, exigir que se guarde el respeto y consideración debidos e imponer las correspondientes correcciones disciplinarias; IV. Enviar al Presidente del Tribunal las excusas, excitativas de justicia y recusaciones de los Magistrados que integren la Sala; V. Realizar los actos jurídicos o administrativos de la Sala que no requieran la intervención de los otros dos Magistrados que la integran; VI. Proporcionar oportunamente a la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal los informes sobre el funcionamiento de la Sala; LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 16-10-2025 19 de 40 VII. Dirigir la oficialía de partes y los archivos de la Sala; VIII. Verificar que en la Sala se utilice y mantenga actualizado el sistema de control y seguimiento de juicios, así como el Sistema de Justicia en Línea del Tribunal; IX. Vigilar que sean subsanadas las observaciones formuladas a la Sala Regional durante la última visita de inspección; X. Proponer a la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal se imponga una multa al Actuario que no cumpla con sus obligaciones legales durante la práctica de las notificaciones a su cargo; XI. Comunicar a la Junta de Gobierno y Administración la falta de alguno de sus Magistrados integrantes, así como el acuerdo por el que se suplirá dicha falta por el primer Secretario de Acuerdos del Magistrado ausente, y XII. Las demás que establezcan las disposiciones aplicables. Capítulo X De las Salas Regionales Ordinarias
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.