Artículo 52 de la LEY Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Presidente del Tribunal se elige en una junta de todos los magistrados de la Sala Superior, en la primera reunión del año después de que termine el presidente anterior. Dura en el puesto tres años y no puede repetir el cargo. Solo pueden ser elegidos los magistrados que tengan un nombramiento que cubra todo ese periodo de tres años.
Texto oficial
Artículo 52. El Presidente del Tribunal será electo por el Pleno General de la Sala Superior en la primera sesión del año siguiente a aquél en que concluya el periodo del Presidente en funciones. Durará en su cargo tres años y no podrá ser reelecto para ningún otro periodo. Serán elegibles los Magistrados de Sala Superior cuyos nombramientos cubran el periodo antes señalado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.