- Ley
- LEY de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros
- Artículo
- 5
Artículo 5 de la LEY de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Condusef (Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros) existe para ayudarte como usuario de bancos, aseguradoras o cualquier institución financiera. Su trabajo es defender tus derechos, darte asesoría y resolver cualquier problema o queja que tengas con esas empresas, actuando de manera imparcial para que haya justicia en la relación entre ambas partes. También vigila y regula a las instituciones financieras según las leyes, para proteger tus intereses. Además, la Condusef crea y propone programas educativos para que aprendas sobre cultura financiera (cómo manejar tu dinero, créditos, ahorro, etc.), y las instituciones financieras están obligadas a colaborar con ella en estos programas.
Texto oficial
Artículo 5o. La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros tendrá como finalidad promover, asesorar, proteger y defender los derechos e intereses de los Usuarios frente a las Instituciones Financieras, arbitrar sus diferencias de manera imparcial y proveer a la equidad en las relaciones entre éstos, así como supervisar y regular de conformidad con lo previsto en las leyes relativas al sistema financiero, a las Instituciones Financieras, a fin de procurar la protección de los intereses de los Usuarios. La Comisión Nacional procurará el establecimiento de programas educativos, y de otra índole en materia de cultura financiera, para lo cual los elaborará y propondrá a las autoridades competentes. Las Instituciones Financieras por conducto de sus organismos de representación o por sí solas colaborarán con la Comisión Nacional en la elaboración de los programas educativos a que se refiere el párrafo anterior. Párrafo adicionado DOF 10-01-2014 Artículo reformado DOF 05-01-2000, 15-06-2007, 25-06-2009
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.