Artículo 57 de la LEY de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando se revisa un contrato de adhesión (esos que ya vienen escritos y solo firmas), lo que se busca es asegurarse de que cumpla con las leyes y reglas que le aplican. También se revisa que el contrato no tenga cláusulas confusas o que te impidan entender bien a qué te estás comprometiendo tú y la otra parte.
Texto oficial
Artículo 57.- La revisión que, en su caso, se haga de los contratos de adhesión, tendrá por objeto determinar que se ajusten a los ordenamientos correspondientes y a las disposiciones emitidas conforme a ellos, así como verificar que dichos documentos no contengan estipulaciones confusas o que no permitan a los Usuarios conocer claramente el alcance de las obligaciones de los contratantes.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.