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Ley
LEY de Protección del Espacio Aéreo Mexicano
Artículo
18

Artículo 18 de la LEY de Protección del Espacio Aéreo Mexicano

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El encargado de presidir el Consejo tiene dos funciones principales. La primera es dirigir las juntas del Consejo, es decir, organizar y llevar el orden de las reuniones. La segunda es fomentar que los miembros del Consejo trabajen juntos y se pongan de acuerdo para lograr los objetivos del grupo.

Texto oficial

Artículo 18. La persona titular de la Presidencia del Consejo tendrá las atribuciones siguientes: I. Dirigir el desarrollo de las sesiones del Consejo, y LEY DE PROTECCIÓN DEL ESPACIO AÉREO MEXICANO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 01-03-2023 7 de 10 II. Propiciar la cooperación y coordinación necesarias entre las personas integrantes del Consejo para la prosecución de los fines del mismo.

Ver texto oficial de la LEY de Protección del Espacio Aéreo Mexicano (pág. 6) ↗

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