Artículo 30 de la LEY de Productos Orgánicos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Solo los productos que cumplan con lo que dice esta ley pueden usar la palabra "orgánico" o frases parecidas en sus etiquetas, anuncios, papeles de venta y en el lugar donde se vendan. No cualquier producto puede decir que es orgánico, solo los que realmente pasen las reglas. Esto aplica también a la publicidad y a los documentos del negocio.
Texto oficial
Artículo 30.- Sólo los productos que cumplan con esta Ley podrán ser identificados con el término "orgánico" o denominaciones equivalentes en el etiquetado así como en la declaración de propiedades, incluido el material publicitario y los documentos comerciales y puntos de venta.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.