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Artículo 31 de la LEY de Productos Orgánicos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 31 dice que el gobierno, a través de la Secretaría (la dependencia encargada del campo), va a crear un sello oficial para los productos orgánicos. Ese sello solo lo van a poder usar los productos que realmente cumplan con las reglas de la ley. La idea es que tú puedas identificar fácilmente en el súper o mercado qué productos son orgánicos de verdad. Para decidir cómo va a ser ese sello, la Secretaría va a pedir la opinión del Consejo (un grupo de expertos en el tema). Así, tanto en México como en el extranjero, la gente va a reconocer que un producto con ese sello es orgánico de a deveras.

Texto oficial

Artículo 31.- Con la finalidad de dar identidad a los productos orgánicos en el mercado nacional e internacional, la Secretaría, con opinión del Consejo, emitirá un distintivo nacional que portarán los productos orgánicos que cumplen con esta Ley y sus disposiciones.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.