Artículo 34 de la LEY de Productos Orgánicos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El producto orgánico debe conservarse sin cambios desde que entra al país hasta que lo compras. Si al producto importado le aplicaron algún tratamiento no permitido por la ley, deja de considerarse orgánico automáticamente. Eso significa que ya no puede venderse como orgánico, aunque antes lo fuera.
Texto oficial
Artículo 34.- La integridad orgánica del producto debe mantenerse desde la importación hasta su llegada al consumidor. Los productos orgánicos importados que no se ajusten a los requisitos de esta Ley y sus disposiciones complementarias por haber sido expuestos a un tratamiento prohibido, perderán su condición de orgánicos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.