Artículo 40 de la LEY de Productos Orgánicos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno va a trabajar para que los productos orgánicos tengan un código especial en el sistema de aduanas. Así, cuando lleguen al país o se exporten, se puedan reconocer fácilmente como orgánicos y no se mezclen con otros productos. Esto ayuda a que estos artículos se vendan por separado y mantengan su calidad de orgánicos. El objetivo es que sea más fácil comerciarlos sin que pierdan su certificación.
Texto oficial
Artículo 40.- Se promoverá la apertura en las fracciones arancelarias para los productos provenientes de sistemas orgánicos, a los efectos de discriminar correctamente la comercialización de dichos productos, a fin de facilitar la comercialización diferenciada y coadyuvar al mantenimiento de la integridad orgánica de las mercancías.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.