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Artículo 40 de la LEY de Productos Orgánicos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El gobierno va a trabajar para que los productos orgánicos tengan un código especial en el sistema de aduanas. Así, cuando lleguen al país o se exporten, se puedan reconocer fácilmente como orgánicos y no se mezclen con otros productos. Esto ayuda a que estos artículos se vendan por separado y mantengan su calidad de orgánicos. El objetivo es que sea más fácil comerciarlos sin que pierdan su certificación.

Texto oficial

Artículo 40.- Se promoverá la apertura en las fracciones arancelarias para los productos provenientes de sistemas orgánicos, a los efectos de discriminar correctamente la comercialización de dichos productos, a fin de facilitar la comercialización diferenciada y coadyuvar al mantenimiento de la integridad orgánica de las mercancías.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.