Artículo 43 de la LEY para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las Medidas de Prevención son acciones que buscan evitar que las personas defensoras de derechos humanos y periodistas sufran algún ataque. Para lograrlo, se deben crear sistemas de alerta temprana, que son como alarmas para avisar rápido si hay peligro, y planes de contingencia, que son planes ya listos para actuar ante una emergencia. Todo esto tiene el objetivo de proteger a quienes defienden derechos o informan a la sociedad.
Texto oficial
Artículo 43.- Las Medidas de Prevención estarán encaminadas al diseño de sistemas de alerta temprana y planes de contingencia con la finalidad de evitar potenciales Agresiones a las Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.