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Artículo 25 de la LEY de Planeación

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Imagínate que el gobierno divide el país por zonas que le interesan especialmente, como el sur o el norte. Este artículo dice que los programas para esas zonas solo aplican si el área es más grande que un solo estado, es decir, que abarca dos o más estados. Además, el Presidente va a elegir a una dependencia (como una secretaría de gobierno) para que se encargue de organizar y llevar a cabo todo lo que se tenga que hacer en esa zona.

Texto oficial

Artículo 25.- Los programas regionales se referirán a las regiones que se consideren prioritarias o estratégicas, en función de los objetivos nacionales fijados en el Plan, y cuya extensión territorial rebase el ámbito jurisdiccional de una entidad federativa. El Ejecutivo Federal señalará la dependencia responsable de coordinar la elaboración y ejecución de cada uno de estos programas. Artículo reformado DOF 16-02-2018

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

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