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Artículo 159 de la LEY para Regular las Agrupaciones Financieras

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si alguien o algún miembro del consejo de directores de una empresa (como un banco o una aseguradora) anuncia de cualquier manera que son un "Grupo Financiero" sin tener el permiso oficial del gobierno, se puede ir a la cárcel de 1 a 2 años. Esto aplica aunque uses otra persona o empresa a tu nombre para hacer la publicidad. La autoridad competente es la que da los permisos según las leyes financieras. En corto: nadie puede hacerse pasar legalmente por un grupo financiero sin antes tener la autorización correspondiente.

Texto oficial

Artículo 159.- Serán sancionados con prisión de uno a dos años las personas o miembros del consejo de administración de personas morales que por sí o a través de interpósita persona o por medio de nombres comerciales, por cualquier medio de publicidad se ostenten frente al público como Grupos Financieros, sin contar con la autorización de la autoridad competente conforme a esta u otras leyes LEY PARA REGULAR LAS AGRUPACIONES FINANCIERAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 80 de 95

Ver ley oficial en el DOF (pág. 79) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.