Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 76 de la LEY para Regular las Agrupaciones Financieras

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Secretaría puede dar permiso para que un banco o empresa financiera de otro país, o una filial, compre acciones de otras instituciones financieras para unirse a un Grupo Financiero. También puede autorizar que ese banco extranjero compre todas las acciones de una Sociedad Controladora (la empresa que dirige al grupo). Si pasa esto, la empresa o Sociedad Controladora cuyas acciones se venden tiene que cambiar sus reglas internas (estatutos sociales) para cumplir con lo que dice esta ley.

Texto oficial

Artículo 76.- La Secretaría podrá autorizar que una Institución Financiera del Exterior o Sociedad Controladora Filial adquieran acciones de entidades financieras para incorporarse a un Grupo Financiero o bien para que una Institución Financiera del Exterior adquiera las acciones de una Sociedad Controladora, en cuyo caso, deberán modificarse los estatutos sociales de la entidad financiera o Sociedad Controladora cuyas acciones sean objeto de enajenación, a efecto de cumplir con lo dispuesto en el presente Título.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 41) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.