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Artículo 23 de la LEY para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Las cooperativas de ahorro y préstamo (como las cajas de ahorro) solo pueden ofrecer préstamos, tarjetas o servicios según las reglas que ellas mismas se pongan en sus estatutos. Esas reglas deben ser iguales para todos los socios que cumplan los requisitos, sin hacer excepciones para nadie. Además, las cooperativas no pueden dar condiciones especiales que pongan en riesgo su dinero o su estabilidad. Tampoco pueden hacer operaciones diferentes a las que les permite la ley o que no estén en su propio reglamento.

Texto oficial

Artículo 23.- Las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo en la celebración de operaciones activas y pasivas o de servicios deberán apegarse a los términos y condiciones que al efecto aprueben los órganos de gobierno de la Sociedad de que se trate, de acuerdo con las facultades que tengan conferidas en sus bases constitutivas. Dichos términos y condiciones deberán ser de aplicación general entre los Socios que cumplan con los requisitos establecidos para la operación activa y pasiva o de servicios de que se trate. El resultado de la implementación de lo anterior, en el conjunto de tales operaciones, no deberá causar un menoscabo en la situación financiera y viabilidad de la propia Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo. LEY PARA REGULAR LAS ACTIVIDADES DE LAS SOCIEDADES COOPERATIVAS DE AHORRO Y PRÉSTAMO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 20 de 103 Las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo no podrán celebrar operaciones en las que se pacten términos y condiciones que se aparten de lo previsto por este Artículo, ni tampoco podrán celebrar operaciones distintas de los que correspondan a su objeto social o al nivel de operaciones que les corresponda en términos de la presente Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

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