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Artículo 41 de la LEY para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo dice que todas las cooperativas de ahorro y préstamo, sin importar si son chicas o grandes (Niveles I a IV), están obligadas a participar en el Fondo de Protección. Ese fondo es como un seguro que cuida los ahorros de la gente por si la cooperativa tiene problemas. La ley ya marca las reglas de cómo deben participar. En pocas palabras, si eres socio de una de estas cooperativas, la ley obliga a tu cooperativa a estar protegida por ese fondo.

Texto oficial

Artículo 41.- Las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo con Niveles de Operación I a IV, deberán participar en el Fondo de Protección en los términos de esta Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 27) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.