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Ley
LEY Reglamentaria del Artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Mejora Continua de la Educación
Artículo
22

Artículo 22 de la LEY Reglamentaria del Artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Mejora Continua de la Educación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los resultados de esa evaluación no sirven para despedir a los maestros ni para que pierdan su plaza o trabajo. La prueba solo es para ver cómo andan en su labor, pero no afecta su permanencia en la escuela. En pocas palabras, aunque les vaya mal en el examen, no los pueden correr por eso.

Texto oficial

Artículo 22. Los resultados de la evaluación diagnóstica en ningún caso tendrán efecto sobre la permanencia en la plaza de las maestras y los maestros.

Ver texto oficial de la LEY Reglamentaria del Artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Mejora Continua de la Educación (pág. 8) ↗

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