Artículo 10 de la LEY Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado B, del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El salario mínimo en los bancos y otras instituciones financieras se calcula así: toman el salario mínimo general que esté vigente en tu ciudad o región y le agregan la mitad de esa cantidad (el 50% más). A esa suma final le llaman "salario mínimo bancario". Por ejemplo, si el salario mínimo general en tu localidad es de 100 pesos, el salario mínimo bancario sería de 150 pesos. Esto aplica para todos los empleados de esas instituciones, sin importar el puesto.
Texto oficial
ARTICULO 10.- El salario mínimo en las instituciones será fijado en los tabuladores de acuerdo con el salario mínimo general que rija en la localidad, aumentado en un 50%, mismo que se considerará salario mínimo bancario.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.