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Artículo 45 de la LEY sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Los extranjeros que están bajo esta ley deben cumplir con la Constitución de México, todas las leyes y reglamentos del país, y también las reglas que se pongan para mantener el orden y la tranquilidad. Esto aplica sin importar si ya les dieron refugio en otro país. Es decir, aunque hayan sido reconocidos como refugiados en otro lugar, al estar en México tienen las mismas obligaciones que cualquier persona de respetar las leyes mexicanas.

Texto oficial

Artículo 45. Los extranjeros a los que hace referencia el presente ordenamiento tienen la obligación de respetar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las leyes y reglamentos, así como las medidas adoptadas para mantener el orden público. CAPÍTULO II DE LOS REFUGIADOS RECONOCIDOS EN OTRO PAÍS

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.