Artículo 66 de la LEY sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando estés tramitando el asilo político, la Secretaría de Relaciones Exteriores o los consulados mexicanos pueden darte protección si ven que estás en riesgo. Esto significa que te pueden ayudar a cuidar tu seguridad mientras dura el proceso. No es automático, sino que ellos deciden si es necesario. En pocas palabras, la ley busca que no te expongas a peligros mientras esperas una respuesta sobre tu caso.
Texto oficial
Artículo 66. Durante el procedimiento, la Secretaría de Relaciones Exteriores o la Representación de considerarlo pertinente, tomará las medidas a su alcance para proveer protección a los solicitantes de asilo político. Artículo adicionado DOF 30-10-2014
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.