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Ley
LEY sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político
Artículo
68

Artículo 68 de la LEY sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Relaciones Exteriores es la que decide si te dan o no asilo político en México. Antes de tomar esa decisión, pide la opinión de otra área del gobierno. O sea, no es automático, tienen que checar el caso primero. Esto aplica desde el 30 de octubre de 2014.

Texto oficial

Artículo 68. Corresponde a la Secretaría de Relaciones Exteriores la decisión de conceder o no el asilo político, previa opinión de la Secretaría. Artículo adicionado DOF 30-10-2014

Ver texto oficial de la LEY sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político (pág. 18) ↗

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