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Artículo 33 de la LEY para Regular las Sociedades de Información Crediticia

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La empresa está obligada a asegurarse de que tú eres quien dices ser cuando usas sus servicios. Para eso, debe tener métodos para verificar tu identidad, como un sistema de claves o huellas digitales. Esa forma de comprobación tiene que ser aprobada primero por los jefes máximos de la compañía. Todo esto lo hacen para proteger tus datos personales y que no se los roben.

Texto oficial

Artículo 33.- La Sociedad deberá contar con sistemas y procesos para verificar la identidad del Usuario o del Cliente mediante el proceso de autenticación que ésta determine, el cual deberá ser aprobado previamente por el propio consejo de administración de la Sociedad, a fin de salvaguardar la confidencialidad de la información en los términos de las disposiciones legales aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.