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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LRSIC/33
Ley
LEY para Regular las Sociedades de Información Crediticia
Artículo
33

Artículo 33 de la LEY para Regular las Sociedades de Información Crediticia

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La empresa está obligada a asegurarse de que tú eres quien dices ser cuando usas sus servicios. Para eso, debe tener métodos para verificar tu identidad, como un sistema de claves o huellas digitales. Esa forma de comprobación tiene que ser aprobada primero por los jefes máximos de la compañía. Todo esto lo hacen para proteger tus datos personales y que no se los roben.

Texto oficial

Artículo 33.- La Sociedad deberá contar con sistemas y procesos para verificar la identidad del Usuario o del Cliente mediante el proceso de autenticación que ésta determine, el cual deberá ser aprobado previamente por el propio consejo de administración de la Sociedad, a fin de salvaguardar la confidencialidad de la información en los términos de las disposiciones legales aplicables.

Ver texto oficial de la LEY para Regular las Sociedades de Información Crediticia (pág. 19) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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