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Ley
LEY para Regular las Sociedades de Información Crediticia
Artículo
34

Artículo 34 de la LEY para Regular las Sociedades de Información Crediticia

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien te demanda o un juicio, no pueden usar tu historial de crédito (como el Buró de Crédito) como prueba para demostrar que debes dinero. Los reportes que hacen las agencias de crédito sobre ti no sirven como evidencia legal en un tribunal. Por eso, esos documentos deben traer una nota o texto visible que avise que no valen como prueba en un juicio. Es solo un aviso para que no los confundas con una factura o un contrato firmado.

Texto oficial

Artículo 34.- Los Reportes de Crédito y los Reportes de Crédito Especiales no tendrán valor probatorio en juicio, y deberán contener una leyenda que así lo indique.

Ver texto oficial de la LEY para Regular las Sociedades de Información Crediticia (pág. 19) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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