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Ley
LEY para Regular las Sociedades de Información Crediticia
Artículo
52

Artículo 52 de la LEY para Regular las Sociedades de Información Crediticia

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una persona consigue tu información crediticia sin permiso (como la que pide el artículo 28) o usa tus datos financieros para algo que no autorizaste, tiene la obligación de pagarte por los daños que te cause. También aplican otras sanciones, incluso penales. En el caso de empresas o Sofomes que saquen tu historial sin la autorización necesaria, la Profeco o la Condusef pueden ordenar que ninguna Sociedad de Información Crediticia les dé servicios, después de escucharlas y tomando en cuenta qué tan grave fue la falta o si ya lo habían hecho antes.

Texto oficial

Artículo 52.- Aquellos Usuarios que obtengan información de una Sociedad sin contar con la autorización a que se refiere el artículo 28 de esta Ley o que de cualquier otra forma cometan alguna violación al Secreto Financiero, así como las personas que violando el deber de confidencialidad a que hace referencia el artículo 38 de la presente Ley hagan uso de la información respectiva de manera LEY PARA REGULAR LAS SOCIEDADES DE INFORMACIÓN CREDITICIA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 24-01-2024 26 de 51 distinta a la autorizada por el Cliente, estarán obligados a reparar los daños que se causen. Lo anterior sin menoscabo de las demás sanciones, incluyendo las penales, que procedan por la revelación del secreto que se establece. Párrafo reformado DOF 23-01-2004 Respecto de las Empresas Comerciales y Sofomes E.N.R., que no obtengan la autorización a que se refieren los artículos 28, 29 y 30 de la presente ley, la Profeco o la Condusef, según corresponda, previo derecho de audiencia y considerando para tal efecto la gravedad y reincidencia del caso, podrán ordenar a todas las Sociedades que se abstengan de prestar servicios al infractor de manera temporal. Párrafo reformado DOF 01-02-2008

Ver texto oficial de la LEY para Regular las Sociedades de Información Crediticia (pág. 25) ↗

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