Artículo 105 de la LEY de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que si alguien que trabaja en una administradora de ahorro para el retiro (como un jefe, empleado, contador o auditor) hace trampa a propósito, puede ir a la cárcel de 2 a 15 años y pagar una multa de 2 mil a 20 mil días de salario. Esto aplica cuando esa persona no registra las operaciones que hizo, o falsea, inventa o modifica los registros para esconder cómo se usó el dinero, afectando lo que debe y lo que tiene la empresa. También aplica si, a sabiendas, escribe información falsa en los libros de la empresa, o si presenta datos falsos a la Comisión que las vigila (la Consar). En pocas palabras, es un delito grave manipular los números para ocultar la verdad.
Texto oficial
Artículo 105.- Serán sancionados con prisión de dos a quince años y multa de dos mil a veinte mil días de salario, los miembros del consejo de administración, directivos, funcionarios, empleados, LEY DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 62 de 105 apoderados para celebrar operaciones con el público, comisarios o auditores externos de administradoras, sociedades de inversión o empresas operadoras: Párrafo reformado DOF 17-05-1999 I. Que dolosamente omitan registrar las operaciones efectuadas por la administradora, sociedad de inversión o empresa operadora de que se trate, o que falsifiquen, simulen, alteren o permitan que se alteren los registros para ocultar la verdadera naturaleza de las operaciones realizadas, afectando la composición de activos, pasivos, cuentas de orden o resultados; y II. Que intencionalmente inscriban u ordenen que se inscriban datos falsos en la contabilidad de la sociedad de que se trate, o que proporcionen o permitan que se incluyan datos falsos en los documentos o informes que deban proporcionar a la Comisión o que ésta les requiera.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.