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Ley
LEY de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
Artículo
14

Artículo 14 de la LEY de los Sistemas de Ahorro para el Retiro

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para ser parte del Comité Consultivo y de Vigilancia, necesitas cumplir con estos requisitos: ser mexicano de nacimiento (sin tener otra nacionalidad) y estar al corriente de tus derechos como ciudadano, como votar. También debes tener experiencia en temas de dinero, leyes o seguridad social (como pensiones). Además, necesitas un documento oficial que demuestre que fuiste propuesto por una dependencia, empresa u organización. Por último, no puedes trabajar como funcionario o consejero de ninguna institución que participe en los sistemas de ahorro para el retiro (como las Afores).

Texto oficial

Artículo 14.- Los miembros del Comité Consultivo y de Vigilancia, deberán reunir los siguientes requisitos: I.- Ser ciudadanos mexicanos por nacimiento que no adquieran otra nacionalidad y estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos; Fracción reformada DOF 23-01-1998 II. Tener conocimientos en materia financiera, jurídica o de seguridad social; III. Acreditar el nombramiento respectivo de la dependencia, entidad u organización que los proponga; y IV. No ser funcionario o consejero de algún participante en los sistemas de ahorro para el retiro.

Ver texto oficial de la LEY de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (pág. 10) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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