Artículo 25 de la LEY de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión (la autoridad que supervisa tu ahorro para el retiro) siempre va a vigilar que las Afores compitan entre sí de manera justa y eficiente. Para lograrlo, puede aplicar medidas que eviten los monopolios, o sea, que ninguna empresa gane todo el control del mercado o que varias se pongan de acuerdo para perjudicarte. Antes de tomar cualquier medida, tiene que pedir la opinión de la Comisión Federal de Competencia y de un comité de expertos.
Texto oficial
Artículo 25.- La Comisión velará en todo momento porque los sistemas de ahorro para el retiro presenten condiciones adecuadas de competencia y eficiencia. Para ello, en concordancia con la Ley Federal de Competencia Económica, la Comisión podrá establecer los mecanismos necesarios para que no se presenten prácticas monopólicas absolutas o relativas como resultado de la conducta de los participantes o por una concentración del mercado. Los mecanismos señalados se aplicarán previa opinión de la Comisión Federal de Competencia Económica y del Comité Consultivo y de Vigilancia. LEY DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 17 de 105
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