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Artículo 108 de la LEY del Sector Eléctrico

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Secretaría de Economía tiene que crear una forma de medir cuánto se usa producto nacional en el sector eléctrico, y también de cómo checar que sea cierto. Para eso, puede pedir ayuda a alguien de afuera que sea neutral, o a las mismas autoridades del sector. Las empresas que trabajan con electricidad están obligadas a darle a la Secretaría la información sobre cuánto contenido mexicano usan en lo que hacen, siguiendo las reglas que ella ponga.

Texto oficial

Artículo 108.- La Secretaría de Economía debe establecer la metodología para medir el grado de contenido nacional del sector eléctrico, así como su verificación, para lo cual puede contar con el apoyo de una tercera persona independiente o de las autoridades del Sector. Las empresas del sector eléctrico deben proporcionar información a la Secretaría de Economía sobre el grado de contenido nacional en las actividades que realicen, conforme a lo que establezcan las disposiciones que para tal efecto emita.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 34) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.