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Artículo 129 de la LEY del Sector Eléctrico

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Gobierno Federal está obligado a ayudar a que la electricidad llegue a todos, sobre todo a las comunidades del campo y a las colonias pobres de las ciudades. Para lograrlo, la Secretaría de Energía puede trabajar junto con los gobiernos de los estados y los municipios. Además, debe crear y vigilar un fondo especial de dinero, llamado Fondo de Servicio Universal Energético. Ese fondo servirá para financiar proyectos de electricidad en zonas que más lo necesitan, como comunidades vulnerables o personas que no tienen acceso a la energía.

Texto oficial

Artículo 129.- El Gobierno Federal debe promover el acceso energético, priorizando la electrificación de comunidades rurales y zonas urbanas marginadas. Para este efecto, la Secretaría puede coordinarse con las entidades federativas y los municipios. LEY DEL SECTOR ELÉCTRICO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 18-03-2025 41 de 56 La Secretaría debe establecer y supervisar la administración de un Fondo de Servicio Universal Energético, con el propósito de financiar las acciones de Justicia Energética, priorizando la electrificación en las comunidades rurales, zonas urbanas marginadas y el Suministro Eléctrico a personas y comunidades en condiciones de vulnerabilidad o Pobreza Energética.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 40) ↗

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