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Ley
LEY del Sector Eléctrico
Artículo
42

Artículo 42 de la LEY del Sector Eléctrico

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El permiso para generar electricidad con cogeneración solo te deja usar la energía que se genera con el calor que ya no se ocupa en tus procesos industriales. Es decir, no puedes pedir un permiso para más potencia de la que realmente puedes producir con ese calor de desecho. La capacidad del permiso debe ser exactamente la que obtienes aprovechando esa energía térmica que antes se desperdiciaba. Así evitas que uses el permiso para generar electricidad de otras fuentes que no están relacionadas con tu industria.

Texto oficial

Artículo 42.- La capacidad del permiso de generación autorizado debe ser únicamente para la potencia que pueda obtenerse utilizando la energía térmica no aprovechada en los procesos industriales asociados a la cogeneración.

Ver texto oficial de la LEY del Sector Eléctrico (pág. 21) ↗

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