Artículo 15 de la LEY del Sector Hidrocarburos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando la Secretaría de Energía cambie algún dato del permiso de una Asignación (un derecho especial para explorar o extraer petróleo o gas), y ese cambio afecte también los planes de exploración o de extracción que ya estaban aprobados, la empresa que tiene ese permiso debe entregar los planes actualizados a la Secretaría para que los revise y los autorice de nuevo.
Texto oficial
Artículo 15.- Cuando la Secretaría de Energía modifique el título de una Asignación, y únicamente en caso de que dicha modificación impacte o modifique a su vez el plan de Exploración o el plan de desarrollo para la Extracción o los planes o programas asociados a estos, la persona Asignataria debe presentar el plan modificado de que se trate a la Secretaría de Energía para su aprobación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.