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Artículo 46 de la LEY del Sector Hidrocarburos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si el gobierno (la Secretaría de Energía) quiere cancelar un contrato porque tú, como contratista, incumpliste algo, primero debe avisarte por escrito las razones exactas. Desde que recibes ese aviso, tienes hasta 30 días naturales (incluyendo fines de semana y días festivos) para dar tu versión y presentar pruebas de que no es culpa tuya. Después de eso, el gobierno tiene 90 días naturales para revisar lo que dijiste y decidir si te cancela el contrato o no, siempre explicando por qué. Si antes de que te den la respuesta final logras arreglar el problema que te señalaron, el proceso se detiene, pero el gobierno checa que lo hayas resuelto bien y, si aplica, te cobra una multa.

Texto oficial

Artículo 46.- La declaración de rescisión administrativa requiere notificación previa a la persona Contratista de la causal o causales que se invoquen y se rige por la presente Ley y su Reglamento. Una vez notificada la causal, el Contratista tiene un máximo de treinta días naturales, contados a partir de la fecha de la notificación, para exponer lo que a su derecho convenga y aportar, en su caso, las pruebas que estime pertinentes. Transcurrido el plazo a que se refiere el párrafo anterior, la Secretaría de Energía cuenta con un plazo de noventa días naturales para resolver considerando los argumentos y pruebas que, en su caso, haga valer la persona Contratista. La determinación de dar o no por rescindido administrativamente el contrato debe ser debidamente fundada y motivada, y notificada al Contratista. Si el Contratista solventa la causal de rescisión en que haya incurrido antes de que la Secretaría de Energía emita la resolución respectiva, el procedimiento iniciado queda sin efecto, previa aceptación y verificación de la Secretaría de Energía y aplicando, en su caso, las penas correspondientes conforme a lo dispuesto en la presente Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.