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Artículo 62 de la LEY del Sector Hidrocarburos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Secretaría de Energía tiene permitido hacer o encargar trabajos de exploración en la superficie (como buscar recursos energéticos en el suelo) a Pemex, otras dependencias del gobierno, escuelas o universidades, y hasta a cualquier persona o empresa. Para esto, debe seguir las reglas oficiales de cómo se hacen los contratos públicos. A cambio del trabajo, la Secretaría paga una cantidad de dinero o beneficio, pero siempre debe ser un precio justo, como el que se maneja en el mercado, sin tratos especiales.

Texto oficial

Artículo 62.- La Secretaría de Energía puede realizar o contratar, conforme a las disposiciones aplicables en materia de contrataciones públicas, a Petróleos Mexicanos, a otras entidades públicas, a instituciones académicas y a cualquier otra persona para llevar a cabo actividades de Reconocimiento y Exploración Superficial, a cambio de una contraprestación, que en todos los casos debe estar referida a condiciones de mercado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.