Artículo 66 de la LEY del Sector Hidrocarburos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las autorizaciones de este capítulo se cancelan por las mismas razones que los permisos del artículo 87 de esta Ley, o si termina el contrato de exploración y extracción o la asignación correspondiente. Que se cancele la autorización no te libra de cumplir con las obligaciones que adquiriste mientras estuvo vigente, tanto con el Gobierno Federal como con otras personas.
Texto oficial
Artículo 66.- Las autorizaciones a que se refiere este Capítulo terminan por cualquiera de las causas que se establecen para la terminación de los permisos a que se refiere el artículo 87 de esta Ley, así como por la terminación del Contrato para la Exploración y Extracción o de la Asignación, según sea el caso. La terminación de la autorización no exime a su titular de las responsabilidades contraídas durante su vigencia, con el Gobierno Federal y con terceros.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.