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Artículo 65 de la LEY del Sector Hidrocarburos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si quieres hacer estudios superficiales en un terreno para ver si puede haber petróleo o gas, necesitas pedir permiso a la Secretaría de Energía. Ellos tienen un plazo para responderte, y si no te contestan a tiempo, se entiende que tu solicitud fue aprobada. Pero ojo: hacer estos estudios no te da derecho a explotar el petróleo ni te da preferencia para obtener un contrato. Si ya tienes un contrato de exploración o extracción en esa zona, no necesitas pedir otro permiso para hacer estudios superficiales, solo debes avisar a la Secretaría y cumplir con lo que te pidan.

Texto oficial

Artículo 65.- Las actividades de Reconocimiento y Exploración Superficial de las áreas para investigar la posible existencia de Hidrocarburos, requieren autorización de la Secretaría de Energía. La autorización debe ajustarse a los plazos establecidos conforme a la regulación que para tal efecto emita la misma Secretaría de Energía. En caso de no emitirse una respuesta a la solicitud por parte de la Secretaría de Energía, dentro del plazo establecido en dicha regulación, ésta se entiende en sentido favorable. La autorización y las actividades para el Reconocimiento y Exploración Superficial no otorgan derechos de Exploración, ni derechos preferenciales en relación con las Asignaciones o con los Contratos para la Exploración y Extracción. Las personas Asignatarias y Contratistas no requieren autorización para el Reconocimiento y Exploración Superficial de las Áreas de Asignaciones y Áreas Contractuales de los que sean titulares; únicamente deben dar aviso a la Secretaría de Energía y cumplir con los requerimientos de entrega de información y demás obligaciones que se establezcan en la regulación que emita la misma Secretaría de Energía. Lo anterior, sin menoscabo del cumplimiento de los requisitos que otras autoridades competentes señalen al efecto.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.