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Ley
LEY del Servicio Militar
Artículo
30

Artículo 30 de la LEY del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los soldados que hacen su servicio militar por un año y muestran que saben liderar un grupo de soldados (una sección), además de portarse bien, ser disciplinados, tener buena educación y cumplir con sus obligaciones militares, pueden ser ascendidos a Subtenientes de Complemento. Para obtener ese rango, tienen que pasar un examen que se hace según las reglas del Reglamento de esta Ley.

Texto oficial

ARTICULO 30.- Los conscriptos que al cumplir su año de servicios en el activo estén capacitados para el comando de una sección orgánica y se hubieren distinguido por su disciplina, por su cultura y el buen desempeño de sus deberes militares, serán nombrados Subtenientes de Complemento, previo examen que sustentarán en los términos que establezca el Reglamento de esta Ley.

Ver texto oficial de la LEY del Servicio Militar (pág. 4) ↗

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