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Ley
LEY del Servicio Militar
Artículo
33

Artículo 33 de la LEY del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres mexicano y antes tuviste un rango militar, pero ya no estás en servicio activo, se te va a reconocer ese rango dentro de la Reserva (el grupo de militares que ya no están en servicio pero pueden ser llamados si se necesita). Esto aplica según tu edad, a menos que te hayan separado del ejército por una sentencia firme, es decir, una orden de un juez que ya no se puede impugnar.

Texto oficial

ARTICULO 33.- A los mexicanos que hubieren ostentado con anterioridad alguna jerarquía militar y estén fuera del servicio activo, les será reconocida dentro de la Reserva que les corresponda conforme a su edad, a menos que su separación esté ordenada por sentencia que haya causado ejecutoria.

Ver texto oficial de la LEY del Servicio Militar (pág. 5) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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