Artículo 33 de la LEY del Servicio Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres mexicano y antes tuviste un rango militar, pero ya no estás en servicio activo, se te va a reconocer ese rango dentro de la Reserva (el grupo de militares que ya no están en servicio pero pueden ser llamados si se necesita). Esto aplica según tu edad, a menos que te hayan separado del ejército por una sentencia firme, es decir, una orden de un juez que ya no se puede impugnar.
Texto oficial
ARTICULO 33.- A los mexicanos que hubieren ostentado con anterioridad alguna jerarquía militar y estén fuera del servicio activo, les será reconocida dentro de la Reserva que les corresponda conforme a su edad, a menos que su separación esté ordenada por sentencia que haya causado ejecutoria.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.