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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LSP/10
Ley
LEY de Sistemas de Pagos
Artículo
10

Artículo 10 de la LEY de Sistemas de Pagos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que esta ley sirve para poner en práctica una parte de la Constitución Mexicana, en específico lo que tiene que ver con el Banco de México (Banxico). El Banxico tiene el poder de regular los servicios financieros y la intermediación, como cuando pides un préstamo o transfieres dinero. Además, esta autoridad puede crear y hacer cumplir las reglas necesarias para que todo funcione bien. En el Capítulo II se explica que las órdenes de transferencia ya aceptadas no se pueden echar para atrás y son válidas, al igual que las obligaciones que generan.

Texto oficial

Artículo 10. La presente Ley es reglamentaria del párrafo séptimo del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, incluyendo lo relativo a las facultades del Banco de México en materia de regulación de la intermediación y servicios financieros, contando tal autoridad con las atribuciones necesarias para emitirla y proveer a su observancia. CAPÍTULO II Irrevocabilidad y validez de las Órdenes de Transferencia Aceptadas y de las obligaciones que deriven de ellas

Ver texto oficial de la LEY de Sistemas de Pagos (pág. 4) ↗

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