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Artículo 24 de la LEY de Sistemas de Pagos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Banco de México te puede multar si manejas sistemas que varias instituciones financieras usan para pagarse entre sí con transferencias de dinero o valores, y no entregas la información que te pide a tiempo, la entregas mal o incompleta. La multa va de 500 a 2,000 veces el salario mínimo de un día en la Ciudad de México. Por ejemplo, si el salario mínimo diario está en $200, la multa sería entre $100,000 y $400,000. Esto aplica solo si en esos sistemas participan tres o más bancos o financieras.

Texto oficial

Artículo 24. El Banco de México podrá sancionar con multa de 500 a 2,000 veces el salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal, a quienes administren u operen acuerdos o procedimientos que tengan por objeto la compensación o liquidación de obligaciones de pago derivadas de órdenes de transferencia de fondos o valores, en los que participen, directa o indirectamente, tres o más instituciones financieras, que omitan presentar la información que el Banco de México les solicite en términos de lo previsto en el segundo párrafo de la fracción II del artículo 3o. de esta Ley, o bien la presenten extemporáneamente, de manera imprecisa o incompleta.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.