Artículo 26 de la LEY de Sistemas de Pagos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si el Banco de México te acusa de haber violado alguna regla, te darán la oportunidad de explicar tu versión (eso es el "derecho de audiencia" del artículo 25). Si no respondes o no logras demostrar que no hiciste nada malo, entonces te van a aplicar una multa. Para decidir cuánto te cobran, van a tomar en cuenta tres cosas: qué tan grave fue la falta, cuánto dinero tienes, y si ya te habían multado antes por lo mismo en los últimos 365 días. Si la falta se mantuvo por un tiempo largo (como un error que no corregiste), también lo consideran. Por último, si cometiste varias faltas al mismo tiempo, solo te cobrarán la multa más cara de todas, no todas juntas.
Texto oficial
Artículo 26. En caso de que el presunto infractor no hiciere uso del derecho de audiencia citado en el artículo 25 precedente dentro del plazo concedido o bien, habiéndolo ejercido no lograre desvirtuar los hechos imputados y las disposiciones que se consideren infringidas, el Banco de México impondrá la multa que corresponda en términos de los artículos 23 y 24 de esta Ley, debiendo tomar en cuenta, para la fijación de su importe, lo siguiente: I. La gravedad de la infracción; II. La capacidad económica del infractor; III. Si el infractor es reincidente. Al efecto, se considerará reincidente el infractor que, habiendo sido sancionado, incurra nuevamente en cualquiera de las infracciones previstas en los artículos 22 y 24 de la presente Ley, si no ha transcurrido, desde que quedó firme la más reciente resolución de multa que se le haya impuesto en términos de este ordenamiento, un plazo de trescientos sesenta y cinco días naturales, y IV. Si la infracción es continua, entendiéndose por ésta cuando su consumación se prolonga en el tiempo. Para calcular el importe de las multas, se tendrá como base el salario mínimo general correspondiente al Distrito Federal, vigente en el día en que cese la consumación de la infracción. Cuando, por un acto o una omisión, se infrinjan diversas disposiciones a las que les correspondan varias multas, sólo se aplicará la que corresponda a la infracción cuyo importe de la multa sea mayor. LEY DE SISTEMAS DE PAGOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 9 de 14
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.