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Ley
LEY del Servicio Postal Mexicano
Artículo
37

Artículo 37 de la LEY del Servicio Postal Mexicano

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El seguro postal es un compromiso que adquiere el servicio de paquetería o correos para responder por tus envíos si se pierden, dañan o falta algo de su contenido, incluso si fue por accidentes inesperados o causas fuera de su control, como un temblor o inundación. La responsabilidad cubre hasta la misma cantidad que tú declaraste al momento de asegurar el paquete o carta. O sea, si pagaste para asegurar tu envío por cierta cantidad, el correo te la reembolsa si algo sale mal, pase lo que pase. No importa que el problema no haya sido culpa de ellos, igual tienen que responder.

Texto oficial

ARTICULO 37.- El servicio de seguro postal consiste en la obligación que se contrae en la prestación del servicio, de responder, aun en los casos fortuitos o de fuerza mayor, por la pérdida de la correspondencia o de los envíos o por faltantes o averías de su contenido, hasta por la cantidad en que se hubiera asegurado.

Ver texto oficial de la LEY del Servicio Postal Mexicano (pág. 7) ↗

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