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Artículo 59 de la LEY del Servicio Postal Mexicano

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando mandas una carta o paquete por correo en México, tienes derecho a que llegue a la persona a quien se la enviaste. También puedes pedir que te la regresen, que la manden a otra dirección, cambiar a quién va dirigida o modificar cómo y cuándo se entrega. Puedes solicitar que guarden tu envío más tiempo o menos del previsto, según las reglas oficiales. Tienes derecho a pedir información sobre dónde está tu paquete. Si contrataste un seguro y tu envío se pierde, le falta algo o se daña, te tienen que pagar el valor asegurado; si solo es un envío registrado o con reembolso y se pierde por causas que no sean accidentes o desastres naturales, te pagan hasta lo que diga el reglamento.

Texto oficial

ARTICULO 59.- Los remitentes de correspondencia y envíos tienen los siguientes derechos: I.- Que la correspondencia y envíos se entreguen a sus destinatarios. II.- Obtener su devolución. III.- Obtener que se reexpidan a distinto lugar de su primer destino. IV.- Cambiar de destinatario. V.- Modificar las condiciones de su entrega. VI.- Ampliar o reducir el plazo de conservación para la entrega de su correspondencia y envíos en los términos que fijen las disposiciones reglamentarias. LEY DEL SERVICIO POSTAL MEXICANO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 19-01-2023 10 de 17 VII.- Obtener informes sobre envíos. VIII.- Percibir las indemnizaciones siguientes: A).- Tratándose de seguros postales: Por pérdida: el importe total en que se hubiere asegurado la pieza. Por faltante: el importe de lo que faltare. Por avería: el importe del daño causado. B).- Tratándose de reembolsos o de registrados: Por pérdida, siempre que no se deba a caso fortuito o fuerza mayor hasta por la cantidad que de manera general fije el reglamento. IX.- Los demás que les concede esta Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.