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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LSPM/71
Ley
LEY del Servicio Postal Mexicano
Artículo
71

Artículo 71 de la LEY del Servicio Postal Mexicano

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las franquicias postales son como permisos para que algunas personas o instituciones manden cartas o paquetes sin pagar. Según este artículo, solo aplican para envíos normales dentro de México y totalmente gratis para quien los recibe. No cubren servicios exprés, internacionales ni de paga. En pocas palabras, si algo se envía con franquicia, el que lo manda no paga y el que lo recibe tampoco, pero solo si es correo común y dentro del país.

Texto oficial

ARTICULO 71.- Las franquicias postales sólo podrán referirse al servicio gratuito para los beneficiarios de envío ordinario dentro del territorio nacional. Artículo adicionado DOF 26-03-2010

Ver texto oficial de la LEY del Servicio Postal Mexicano (pág. 12) ↗

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