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Artículo 71 de la LEY del Servicio Postal Mexicano

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las franquicias postales son como permisos para que algunas personas o instituciones manden cartas o paquetes sin pagar. Según este artículo, solo aplican para envíos normales dentro de México y totalmente gratis para quien los recibe. No cubren servicios exprés, internacionales ni de paga. En pocas palabras, si algo se envía con franquicia, el que lo manda no paga y el que lo recibe tampoco, pero solo si es correo común y dentro del país.

Texto oficial

ARTICULO 71.- Las franquicias postales sólo podrán referirse al servicio gratuito para los beneficiarios de envío ordinario dentro del territorio nacional. Artículo adicionado DOF 26-03-2010

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.