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Artículo 183 de la LEY del Seguro Social

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Las empresas que manejan tu ahorro para el retiro (llamadas AFORE) tienen que pagarle al IMSS los gastos que se generen por emitir, cobrar y controlar las aportaciones a tu cuenta individual. Este pago lo hacen cada vez que depositan dinero en tu cuenta, y el monto se define según las reglas que marca la Ley de Ahorro para el Retiro. En pocas palabras, el IMSS no paga por ese servicio, sino las AFORES.

Texto oficial

Artículo 183. Los gastos que genere el sistema de emisión, cobranza y control de aportaciones a las cuentas individuales de los trabajadores serán cubiertos al Instituto por las administradoras de fondos para el retiro, por cada dispersión de recursos, en términos de lo que se prevea en las disposiciones administrativas que deriven de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Artículo reformado DOF 20-12-2001

Ver ley oficial en el DOF (pág. 57) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.