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Artículo 188 de la LEY del Seguro Social

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo habla de cómo se maneja el ahorro de tu retiro. Las AFORES son las empresas que operan las Sociedades de Inversión (SIEFORES), y estas últimas son las que deciden dónde invertir el dinero de tu cuenta individual. Para funcionar, las SIEFORES deben seguir todas las reglas que marca la Ley del Ahorro para el Retiro, como cómo invertir, cómo publicitarse y cómo llevar su contabilidad. Además, la CONSAR (Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro) es la encargada de vigilar y revisar que tanto las AFORES como las SIEFORES cumplan con esas reglas.

Texto oficial

Artículo 188. Las Administradoras de Fondos para el Retiro, operarán las Sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro, éstas serán las responsables de la inversión de los recursos de las cuentas individuales de los trabajadores. Las Sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro se sujetarán para su constitución, organización, funcionamiento, régimen de inversión, tipos de valores, publicidad, sistemas de comercialización y contabilidad, a lo establecido por la Ley para la Coordinación de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. La inspección y vigilancia de las Administradoras de Fondos para el Retiro y de las Sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro será realizada por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 58) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.