Artículo 192 de la LEY del Seguro Social
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que tú, como trabajador, siempre puedes poner dinero extra a tu cuenta de Afore (tu ahorro para el retiro), ya sea que lo hagas a través de tu patrón cuando paga tus cuotas, o directamente por tu cuenta. Ese dinero extra se guarda en una parte especial llamada "subcuenta de aportaciones voluntarias". También tu jefe puede agregar más dinero ahí, y eso no cuenta como parte de los beneficios que ya te da tu contrato de trabajo. Y lo mejor es que puedes sacar ese dinero cuando quieras, siguiendo el procedimiento que ponga la autoridad del Ahorro para el Retiro.
Texto oficial
Artículo 192. Los trabajadores tendrán en todo tiempo el derecho a realizar aportaciones voluntarias a su cuenta individual, ya sea por conducto de su patrón al efectuarse el entero de las cuotas o por sí mismos. En estos casos, las aportaciones se depositarán a la subcuenta de aportaciones voluntarias. Aclaración al párrafo DOF 16-01-1996 Asimismo, los patrones podrán hacer aportaciones adicionales a la subcuenta de aportaciones voluntarias, mismas que se entenderán adicionales a los beneficios establecidos en los contratos colectivos de trabajo. El trabajador podrá hacer retiros de la subcuenta de aportaciones voluntarias en cualquier momento, conforme al procedimiento que establezca la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro. Párrafo reformado DOF 16-12-2020
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.