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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LSS/231
Ley
LEY del Seguro Social
Artículo
231

Artículo 231 de la LEY del Seguro Social

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te inscribiste de manera voluntaria al seguro del IMSS (como trabajador independiente o grupo), te puedes salir cuando quieras si firmas un escrito diciendo que ya no quieres seguir. También pierdes el derecho automáticamente si dejas de pagar tus cuotas a tiempo. No hay otras condiciones especiales.

Texto oficial

Artículo 231. La incorporación voluntaria al régimen obligatorio establecida en el artículo 13, fracciones I y V, termina por declaración expresa firmada por el sujeto o grupo de asegurados, o por no pagar las cuotas correspondientes. Párrafo reformado DOF 01-12-2023 I. Se deroga. Fracción reformada DOF 20-12-2001. Derogada DOF 01-12-2023 II. Se deroga. Fracción derogada DOF 16-11-2022

Ver texto oficial de la LEY del Seguro Social (pág. 68) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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